El fuero militar
Torciendo el derecho Internacional Humanitario
Como un ‘golpe de estado al Derecho’ y un notable retroceso frente a lo que Colombia ha avanzado en materia de protección a derechos humanos, han calificado expertos la reforma al fuero militar
Por Alberto Acevedo
Diversas agencias y expertos de las Naciones Unidas coincidieron en días recientes en calificar como “un retroceso en los avances del Estado colombiano en la lucha contra la impunidad y el respeto y garantía de los derechos humanos”, la inminente aprobación de una reforma constitucional que cursa en el congreso nacional y que pretende modificar tres artículos de la Carta Política, para ampliar el fuero militar, abriendo de paso un enorme boquete de impunidad en el juzgamiento de crímenes de lesa humanidad.
En estos términos fue, por ejemplo, la carta que once expertos de las Naciones Unidas enviaron la semana pasada al presidente Santos. Quienes suscriben el pronunciamiento, son todos titulares de mandatos de procedimientos especiales del Consejo de Derechos Humanos de la ONU, encabezados por Christof Heyns, Relator Especial sobre Ejecuciones Extrajudiciales, Sumarias o Arbitrarias, del foro de naciones.
“Consideramos que, si se aprueba esta reforma -dicen los expertos-,existe un riesgo real de que se incumplan las obligaciones de Colombia contraídas en el derecho internacional humanitario y de los derechos humanos, y supondría un retroceso significativo en los esfuerzos realizados por el Estado Colombiano por superar y prevenir la repetición de las notorias violaciones a los derechos humanos cometidos en el pasado, especialmente entre 2003 y 2008 por miembros de la Fuerza Pública. Precisamente como resultado de estos esfuerzos, Colombia ha logrado desde 2009 una reducción notable en la comisión de estos tipos de violaciones, hecho que pone en cuestión la necesidad de la reforma constitucional propuesta”.
Todd Howland, representante en Colombia de la Alta Comisionada de las Naciones Unidas para los Derechos Humanos, ha sido otra de las personalidades que ha sostenido que una ampliación del fuero militar en los términos propuestos por el proyecto que cursa en la Cámara de Representantes “supone un retroceso en el funcionamiento de la administración de justicia en el país”.
La reforma constitucional que se busca, dice Howland, “refleja la falta de confianza existente entre las diferentes instituciones del Estado” y “no es claro si su aplicación será retroactiva y si los casos relacionados con los ‘falsos positivos’ estarán bajo su órbita de competencia”.
Otras voces
El director de Human Rights Watch, José Miguel Vivanco, también ha terciado en el asunto y la semana pasada dirigió una carta al presidente Santos, cuestionando el argumento de que la pretendida reforma al fuero militar andaría en búsqueda de unas condiciones de ‘seguridad jurídica’ para los militares en desarrollo de acciones de combate.
Esgrimir semejante argumento constituye en la práctica un ‘golpe de estado al derecho’, dice Vivanco, por cuanto el artículo 221 de la Constitución Nacional es suficientemente explícito y garantista, al establecer que “de los delitos cometidos por los miembros de las Fuerza Pública en servicio activo, y en relación con el mismo servicio, conocerán las cortes marciales o tribunales militares, con arreglo a las prescripciones del Código Penal Militar”.
Si a pesar de la existencia de esta norma, que en opinión de los expertos de las Naciones Unidas no necesita reforma alguna, el proyecto de ley de origen gubernamental pretende ir más allá, se estaría introduciendo una justicia paralela que supondría la existencia de un sistema análogo de administración de justicia, para una casta privilegiada, violando el principio de igualdad en el acceso a la justicia que deben gozar todos los individuos y entorpeciendo de paso el debido proceso legal.
Las voces de los expertos internacionales se suman a un coro de expresiones de analistas nacionales que coinciden en señalar que el trasfondo de la ampliación del fuero militar que se pretende, lo que persigue es cubrir con un manto de impunidad los crímenes de lesa humanidad cometidos por mandos militares, no en acciones de combate, sino fuera del servicio, como lo ha podido establecer la justicia ordinaria en lo que ha podido avanzar en el juzgamiento de estos delitos.
Se ha demostrado ya que para buscar un mecanismo de juzgamiento a los militares por delitos cometidos en acciones del servicio, no es necesario hacer una reforma a la constitución. No esa cierto tampoco que la existencia de un fuero militar más amplio agilice los procesos de juzgamiento en las filas castrenses. En el caso de las investigaciones por los ‘falsos positivos’ de Soacha, los procesos no han avanzado más justamente por los obstáculos interpuestos por los defensores de los militares acusados.
Impunidad
En Colombia no hay un solo caso, en que un militar haya sido acusado, procesado y sentenciado por haber matado a un guerrillero en combate. Tampoco existen procesos por delitos cometidos en desarrollo de acciones de combate. Lo que existe sí es un voluminoso número de procesos por delitos cometidos por militares fuera de combate, contra la población civil. Y esto es diferente, cambia radicalmente el panorama.
En este sentido si lo que busca la reforma política en curso es que estos delitos queden cobijados bajo un sistema especial de juzgamiento en manos de los propios militares, es otra cosa. Se está bordeando los límites de la impunidad, torciendo el espíritu del derecho internacional y violentando el principio de igualdad en el acceso a la justicia.
Un informe reciente de la Justicia Penal Militar reconoce que el año pasado, 15 mil uniformados fueron investigados por diversos delitos, siendo el homicidio un porcentaje alto. Muchos procesos por homicidio han sido abiertos contra miembros de la Policía Nacional.
Según la Oficina en Colombia de las Naciones Unidas, del total de imputaciones penales por homicidios cometidos fuera de combate, un 96 por ciento pertenecen al Ejército Nacional. La mayoría son casos de ejecuciones extrajudiciales, cometidas en su mayoría bajo el gobierno anterior, en el período en que el actual mandatario de los colombianos ocupó la cartera de Defensa.
Ejecuciones extrajudiciales
Un aspecto crucial, que no debe pasar desapercibido en la pretendida ampliación del fuero militar es que se busca que en casos como los ‘falsos positivos’, que es lo que realmente preocupa al alto mando y que la reforma al fuero pretende frenar, es que tales delitos se tipifiquen como “ejecuciones extrajudiciales” cometidas contra persona protegida y que sean juzgados dentro de la normatividad del DIH.
Las Naciones Unidas han recordado que esta es una forma torticera de presentar el asunto. En realidad el Estatuto de Roma, que es la carta de navegación de la Corte Penal Internacional dice que se trató de crímenes cometidos por miembros del Ejército Nacional, sistemáticos y generalizados contra una población, que hicieron parte de una política de Estado y son precisamente estas conductas delictivas las que el estatuto de Roma califica como crímenes de lesa humanidad. Y eso implica un juzgamiento completamente diferente al que propone el proyecto de fuero militar en Colombia.
Ahora, si el parlamento, pese a las observaciones hechas, insiste en aprobar semejante esperpento jurídico, el tema deberá ser abordado en la mesa de conversaciones con la guerrilla el próximo mes de noviembre en La Habana. No puede ser que mientras se habla de una política de paz, se esté implementando una normati- vidad a contrapelo de esa perspectiva, persiguiendo una completa impunidad para los responsables de crímenes de estado en el seno de las Fuerzas Militares.
TEXTO DE FOTO:
Por crímenes cometidos fuera de combate, contra la población civil, es que deben responder los militares.
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